Tus propiedades y patrimonio pueden convertirse en calidad de vida para las personas con daño cerebral adquirido a través del testamento solidario.
¿Qué se puede dejar?
- Herencia: una parte de tu patrimonio, dinero o acciones
- Legado: un bien concreto (inmuebles, joyas, coches, obras de arte...)
Las ONG no están sujetas al Impuesto de Sucesiones, por lo que la donación llegará de forma íntegra a la Federación.
¿A quién beneficio?
Al conjunto de personas y familias con daño cerebral adquirido, ya que el testamento solidario permitirá la adquisición de productos y la ejecución de campañas y programas destinados a mejorar su calidad de vida.
¿Puede generar algún problema a mis herederos/as?
En ningún caso. De hecho, la única limitación legal del testamento solidario es respetar la herencia legítima, destinada a los denominados herederos forzosos.
¿Cómo colaborar con FEGADACE a través del testamento solidario?
El tratamiento es personal e individualizado. Ponte en contacto con nosotros por teléfono, correo electrónico o en nuestra sed, y te asesoraremos.